SEGURO CONTRA ACCIDENTES

El seguro contra accidentes es un elemento clave para las organizaciones que reciben a estudiantes en práctica.

Una vez que la Escuela autoriza una práctica, se envía un correo al/la supervisor/a y practicante adjuntando la constancia de seguro contra accidentes que posee, el cual cubre durante el período de práctica en que se mantiene el estado de alumno/a regular, es decir, su matrícula se encuentre vigente. Este período comprende hasta mediados de marzo del año siguiente al cual se efectuó la matricula.

El seguro cubre accidentes ocurridos en el territorio nacional, por lo que, si decides realizar una práctica fuera del país, deberás contratar un seguro de viaje.

¿A quiénes protege el seguro?

A todos/as los/as alumnos/as regulares de establecimientos: fiscales – municipales – particulares – subvencionados – particulares no subvencionados – de nivel transición de la educación parvularia – de enseñanza básica – media – normal – técnico agrícola – comercial – industrial – universitaria e institutos profesionales dependientes del Estado o reconocidos por éste.

¿Desde cuándo un/a estudiante tiene derecho a los beneficios de este seguro?

Desde el instante en que se matricula en alguno de los establecimientos señalados anteriormente. Los efectos del seguro se suspenderán durante los períodos en que las personas indicadas no realicen sus estudios o su práctica educacional o profesional, tales como vacaciones o periodos con posterioridad al egreso del establecimiento.

¿De qué protege el seguro?

De todos los accidentes (no enfermedades) que sufran:

  • A causa o con ocasión de sus estudios
  • En el trayecto directo, de ida o regreso, entre su casa y el establecimiento educacional
  • Los accidentes sufridos dentro del establecimiento educacional
  • En la realización de su práctica educacional
  • En lugar donde realice su práctica profesional
¿Cuáles son los beneficios que otorga?
  • Servicio Médico gratuito.
  • Atención médica, quirúrgica y dental en establecimientos externos o a domicilio, en establecimientos del Sistema Nacional de Servicios de Salud.
  • Hospitalizaciones, si fuere necesario a juicio del/de la médico tratante.
  • Medicamentos y productos farmacéuticos.
  • Prótesis y aparatos ortopédicos incluida su reparación.
  • Rehabilitación física y reeducación profesional.
  • Los gastos de traslado y cualquier otro necesario para el otorgamiento de estas prestaciones.
¿Cuánto tiempo duran estos beneficios?

Hasta la entera recuperación del/de la estudiante o mientras subsistan los síntomas de las secuelas causadas por el accidente.

¿Qué hacer en caso de un accidente?
  • Contactar a Secretaría de Estudios (secretariaestudios@fen.uchile.cl) o Nexo Laboral (nexolaboral@fen.uchile.cl) indicando que necesitas el formulario aprobado por el Servicio Nacional de Salud, correspondiente al seguro contra accidentes.
  • Acudir a cualquier Posta de Urgencia u Hospital dependiente del Sistema Nacional de Salud.
  • Secretaría de Estudio gestionará la entrega del formulario contigo, el cual debe ser entregado en la Posta u Hospital al que acudas.

Si por razones calificadas, los Servicios de Salud pertenecientes al Sistema Nacional de Salud se encuentran en la imposibilidad de otorgar las prestaciones médicas que procedan, y los/as interesados/as se ven obligados a obtenerlas en forma particular, corresponde a dichos Servicios reembolsar los gastos en que se incurrió por tal concepto. Es importante recalcar que, si dicha atención particular ha sido requerida por decisión propia, sin mediar las circunstancias mencionadas, no procederá el reembolso.

NEXO LABORAL
Diagonal Paraguay 205 - Edificio Z, 2° piso
Fono: +562 2978 3940 - +562 2978 3732
Correo: nexolaboral@fen.uchile.cl
Escuelas de Pregrado FEN-UChile
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